Justicia federal argentina ha dictado una sentencia condenatoria contra una aerolínea internacional por incumplimiento de las condiciones acordadas en un vuelo de clase ejecutiva. El Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n.° 8 ordenó una indemnización por daño moral tras constatar responsabilidad en la prestación del servicio, en un proceso que se extendió durante dos años y establece un precedente relevante en materia de derechos de pasajeros.

Dos pasajeros adultos mayores adquirieron boletos en clase ejecutiva para un trayecto internacional en septiembre de 2022. Al momento del embarque, se les informó que los asientos asignados en la cabina business presentaban desperfectos y no podían reclinarse, contraviniendo las expectativas generadas al momento de la compra. Ante esta situación, la aerolínea ofreció tres opciones: ocupar los asientos defectuosos, cambiar a clase económica o esperar un vuelo al día siguiente. Los pasajeros decidieron permanecer en sus asientos asignados, considerando que su equipaje ya había sido despachado. La experiencia generó molestias físicas y emocionales, con reportes de calambres, contracturas que persistieron días después del vuelo, e imposibilidad de descansar adecuadamente durante el trayecto.

Análisis judicial reveló que el incumplimiento contractual fue evidente. La propia admisión de la aerolínea respecto del desperfecto en los asientos, junto con documentación que incluía quejas previas y constancia del estado deficiente de servicios complementarios como comida especial, sustentaron la decisión del tribunal. El juez aplicó el Convenio de Montreal, el Código Civil y Comercial, y la Ley de Defensa del Consumidor, estableciendo que en materia contractual el incumplimiento se presume como culpa. Para liberarse de responsabilidad, la empresa debería haber demostrado haber realizado todos los esfuerzos posibles para resolver el inconveniente. La sentencia rechazó los argumentos de la aerolínea sobre límites de responsabilidad y falta de aplicabilidad de normativa de protección al consumidor.

Este fallo representa un hito en la jurisprudencia sobre derechos de pasajeros en transporte aéreo internacional. Establece que las aerolíneas no pueden ampararse en tecnicismos contractuales cuando existe incumplimiento demostrable de servicios pagados en categorías premium. La decisión judicial reconoce el daño moral derivado de la frustración de expectativas razonables y la afectación física documentada, sentando precedente para futuras controversias en la materia.