Operaciones en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México enfrentaron disrupciones significativas el 18 de agosto, con múltiples cancelaciones y retrasos que afectaron a miles de pasajeros. Como principal nodo de conectividad aérea en América Latina, cualquier alteración en su funcionamiento genera efectos en cascada en la red de transporte aéreo regional.

Ante estos escenarios de volatilidad operacional, los viajeros deben conocer el marco regulatorio que protege sus derechos. La Procuraduría Federal del Consumidor establece obligaciones específicas para las aerolíneas según la magnitud del retraso: demoras superiores a una hora generan derecho a compensación mediante descuentos en vuelos posteriores o provisión de alimentos y bebidas. Cuando el retraso excede dos horas, la indemnización mínima asciende al 7.5% del valor del boleto.

En casos críticos —retrasos mayores a cuatro horas o cancelaciones totales— las aerolíneas deben ofrecer alternativas sustanciales: reintegro del costo del pasaje más indemnización no menor al 25% del valor del vuelo, asignación en el primer vuelo disponible con provisión de alimentos, y en caso necesario, alojamiento y transporte terrestre. Aunque cada operador aéreo puede implementar políticas adicionales, estas constituyen el piso mínimo de protección. La Profeco mantiene presencia directa en el aeropuerto para asistir a pasajeros que enfrenten irregularidades, reforzando la necesidad de que los viajeros documenten incidentes y conozcan sus derechos antes de abordar.